Ya sé lo que estás pensando…
¿Por qué un ciudadano español debería mirar a República Dominicana como destino fiscal?
La respuesta es clara:
¿Cuándo se considera residente fiscal en República Dominicana? Serás considerado residente fiscal en RD si pasas más de 182 días en el país (continuos o acumulados) durante un año fiscal. ▪︎ Dirección General de Impuestos Internos – DGII Ventajas del sistema territorial dominicano
Convenio España – República Dominicana Desde 2014, ambos países cuentan con un Convenio de Doble Imposición, que evita que tributes dos veces por la misma renta. ▪︎ Texto completo – MIREX ¿Qué pasa si España y RD te consideran residente fiscal al mismo tiempo? Se aplican criterios de desempate, en este orden:
Certificado de residencia fiscal en RD Para efectos de España y trámites internacionales, el documento clave es el Certificado de Residencia Fiscal emitido por la DGII. Requisitos principales:
Pasos prácticos para ciudadanos españoles
La experiencia de QUESTRAVEL En QUESTRAVEL hemos acompañado a ciudadanos españoles en este camino, desde profesionales que trabajan remoto hasta jubilados que buscan calidad de vida y beneficios fiscales. El secreto está en planificar bien:
- Sistema territorial de impuestos: solo tributas por ingresos generados dentro de RD.
- Exención de rentas extranjeras durante los primeros 2 años como residente fiscal.
- Convenio vigente con España desde 2014 para evitar pagar dos veces.
- Exención indefinida sobre ingresos del extranjero si accedes por la Ley 171-07 (pensionistas, rentistas, inversionistas).
¿Cuándo se considera residente fiscal en República Dominicana? Serás considerado residente fiscal en RD si pasas más de 182 días en el país (continuos o acumulados) durante un año fiscal. ▪︎ Dirección General de Impuestos Internos – DGII Ventajas del sistema territorial dominicano
- Tributación limitada → Solo se gravan rentas generadas en territorio dominicano.
- Exención inicial de rentas extranjeras → Durante los primeros 2 años como residente fiscal.
- Régimen especial Ley 171-07 → Pensionistas, rentistas e inversionistas disfrutan de exención indefinida sobre ingresos extranjeros.
Convenio España – República Dominicana Desde 2014, ambos países cuentan con un Convenio de Doble Imposición, que evita que tributes dos veces por la misma renta. ▪︎ Texto completo – MIREX ¿Qué pasa si España y RD te consideran residente fiscal al mismo tiempo? Se aplican criterios de desempate, en este orden:
- Vivienda permanente.
- Centro de intereses vitales (económicos y personales).
- Estado de residencia habitual.
- Nacionalidad.
- Resolución mutua entre autoridades.
Certificado de residencia fiscal en RD Para efectos de España y trámites internacionales, el documento clave es el Certificado de Residencia Fiscal emitido por la DGII. Requisitos principales:
- Formulario FI-FIN-001 → DGII Formularios
- Copia de cédula o pasaporte.
- Seguro médico vigente.
- Carta de autorización (si actúa un representante).
Pasos prácticos para ciudadanos españoles
- Evalúa tu estancia → si planeas estar más de 182 días, ya calificas como residente fiscal.
- Elige tu régimen → estándar o especial (Ley 171-07).
- Solicita tu residencia migratoria → Dirección General de Migración.
- Regístrate en la DGII como contribuyente residente.
- Solicita tu certificado fiscal para presentarlo en España.
- Planifica tu estrategia fiscal con asesoría especializada.
Resumen práctico
| Situación | ¿Residente fiscal en RD? | Tributación rentas extranjeras | Vigencia |
|---|---|---|---|
| Más de 182 días de estancia | Sí | Exentas 2 años, luego tributan | Desde tercer año |
| Residencia por inversión/rentista/pensionista (Ley 171-07) | Sí | Exención indefinida | Mientras dure la categoría |
| Certificado DGII | Sí | — | ≈17 días hábiles |
La experiencia de QUESTRAVEL En QUESTRAVEL hemos acompañado a ciudadanos españoles en este camino, desde profesionales que trabajan remoto hasta jubilados que buscan calidad de vida y beneficios fiscales. El secreto está en planificar bien:
- Residencia migratoria en orden.
- Registro fiscal en DGII.
- Uso estratégico del convenio internacional con España.


